
Reclamación ante Organismos Públicos (INSS, Hacienda, CCAA y Ayuntamientos)
Pago único · sin permanencia · te acompaña una gestora
¿Te han denegado una prestación o una ayuda? Preparamos y presentamos tu reclamación ante la Administración.
Una resolución denegatoria no es el final. Muchas se deben a errores de cálculo, a documentación que no se tuvo en cuenta o a una interpretación incorrecta de los requisitos, y se pueden recurrir. El problema es que los plazos son cortos (normalmente 30 días para la reclamación previa ante el INSS y 1 mes para los recursos ante Hacienda y otros organismos) y el escrito tiene que estar bien argumentado.
Nuestra abogada colegiada (ICAM) analiza tu resolución, prepara la reclamación con sus fundamentos y la presenta por ti siempre dentro de plazo.
✅ ¿Qué incluye este servicio?
- Análisis de la resolución y de la viabilidad de tu reclamación antes de empezar.
- Revisión de tu documentación y de lo que falta para reforzar el caso.
- Redacción del escrito (reclamación previa, recurso de alzada o de reposición, o alegaciones) con argumentación jurídica.
- Presentación telemática ante el organismo competente.
- Seguimiento hasta la respuesta de la Administración y explicación clara de la resolución.
- Orientación sobre los siguientes pasos si la respuesta vuelve a ser negativa.
🏛️ ¿Ante qué organismos?
- INSS / Seguridad Social: prestación por nacimiento y cuidado del menor, ampliaciones, ayuda de 1.000 €, Ingreso Mínimo Vital y Complemento de Ayuda para la Infancia.
- Agencia Tributaria (AEAT): deducción por maternidad de 100 €/mes (Modelo 140), deducciones por familia numerosa o monoparental (Modelo 143) y requerimientos relacionados.
- Comunidades autónomas y ayuntamientos: ayudas por nacimiento, títulos de familia numerosa o monoparental y otras prestaciones familiares.
🚀 ¿Cómo funciona?
- Nos escribes por WhatsApp con la resolución y te confirmamos si merece la pena reclamar.
- Compras el servicio y nos envías la documentación desde tu móvil.
- Preparamos y presentamos la reclamación dentro de plazo.
- Sigues el estado desde tu portal Mi Expediente hasta la respuesta.
📌 Importante
- Revisa la fecha de notificación de tu resolución: el plazo empieza a contar desde ese día. Cuanto antes nos escribas, mejor.
- El servicio cubre la vía administrativa (una reclamación o recurso). Si después hiciera falta ir a juicio, te lo presupuestamos aparte.
- La decisión final es del organismo: no podemos garantizar el resultado, pero sí un escrito sólido y presentado a tiempo.
❓ Preguntas frecuentes
¿Qué necesito para empezar?
La resolución que te han notificado, tu DNI/NIE y la documentación que presentaste en la solicitud. Te diremos si hace falta algo más.
¿Y si la solicitud la presentaste tú o con otra gestoría?
No importa. Podemos reclamar cualquier resolución de los organismos indicados, la tramitara quien la tramitara.
¿Cuánto tarda la Administración en responder?
Depende del organismo: la reclamación previa ante el INSS tiene un plazo de 45 días, y los recursos de alzada o reposición entre 1 y 3 meses. Si no contestan, te explicamos qué opciones tienes.
¿Y si no merece la pena reclamar?
Te lo diremos antes de que pagues. Por eso te pedimos que nos escribas primero con la resolución.
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Contenido revisado por Cristina Ruiz Rasilla, abogada colegiada ICAM · Última actualización: junio de 2026
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