Actualizado: octubre de 2026
El Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI) es una ayuda mensual de la Seguridad Social de hasta 115 € por cada hijo menor de 3 años, 80,50 € si tiene entre 3 y 6 años y 57,50 € si tiene entre 6 y 18 años. Se puede cobrar aunque no recibas el Ingreso Mínimo Vital (IMV), se solicita sin certificado digital y empieza a contar desde el mes siguiente a la solicitud: cada mes que esperas es dinero que no recuperas.
En esta guía te explicamos, sin jerga, cuánto se cobra en 2026, quién tiene derecho, qué documentos necesitas y los errores que más retrasan la solicitud.
¿Cuánto se cobra con el CAPI en 2026?
Las cuantías de 2026 son las mismas que en 2025 y dependen de la edad de cada hijo:
| Edad del hijo | Importe al mes | Importe al año |
|---|---|---|
| Menor de 3 años | 115 € | 1.380 € |
| De 3 a 6 años | 80,50 € | 966 € |
| De 6 a 18 años | 57,50 € | 690 € |
Se cobra por cada hijo. Por ejemplo, una familia con un bebé de 5 meses y una niña de 4 años podría recibir 115 € + 80,50 € = 195,50 € al mes si cumple los requisitos.
¿Hace falta cobrar el Ingreso Mínimo Vital para pedir el CAPI?
No. Es la confusión más habitual. El CAPI forma parte del IMV, pero sus límites de ingresos son mucho más altos: puedes tener derecho al complemento por hijos aunque tus ingresos sean demasiado altos para cobrar el IMV. Por eso muchas familias trabajadoras lo descartan sin comprobarlo y pierden meses de ayuda.
Requisitos del CAPI en 2026
Para cobrarlo, tu hogar (lo que la Seguridad Social llama «unidad de convivencia») debe cumplir estas condiciones:
- Tener menores a cargo que vivan en el mismo domicilio.
- Ingresos del año anterior por debajo del 300 % del umbral del IMV que corresponde a tu tipo de hogar. El umbral cambia según cuántos adultos y menores convivís.
- Patrimonio por debajo del 150 % del límite fijado para tu tipo de hogar (sin contar la vivienda habitual).
- Superar el «test de activos»: un límite al dinero en cuentas, inversiones y bienes que no sean la vivienda.
- Residencia legal y efectiva en España durante al menos el año anterior. Los bebés recién nacidos no tienen que cumplir este año de residencia.
Como los límites dependen de la composición de cada familia, lo más fiable es comprobarlo con el simulador oficial del IMV de la Seguridad Social antes de descartar la ayuda. Si tienes dudas sobre tu caso, en BabyOrca lo revisamos por ti.
Cómo solicitar el CAPI paso a paso
1. Ten el bebé inscrito y empadronado
El CAPI no se puede pedir durante el embarazo: el menor tiene que existir a efectos legales. Primero inscribe a tu bebé en el Registro Civil (normalmente desde el hospital) y empadrónalo en vuestro domicilio. Si te cuesta conseguir cita en el ayuntamiento, podemos reservártela.
2. Reúne la documentación
- DNI, NIE o pasaporte en vigor de todos los miembros del hogar.
- Certificado o volante de empadronamiento colectivo actualizado.
- Libro de familia o certificado de nacimiento de los menores.
- Número de cuenta bancaria del solicitante.
3. Presenta la solicitud
Tienes tres vías:
- Sin certificado digital, desde la web del IMV de la Seguridad Social (imv.seg-social.es).
- Con certificado digital, DNIe o Cl@ve, en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
- En papel, con el formulario oficial y la documentación adjunta.
Se usa el mismo formulario que para el IMV. Si solo quieres el complemento por hijos, también se pide así.
4. Espera la resolución
La Seguridad Social tiene un plazo máximo de seis meses para resolver. Durante ese tiempo puede pedirte documentación adicional si detecta diferencias en ingresos, patrimonio o en quién vive en casa. Contestar rápido y bien a esos requerimientos es lo que más acelera el expediente.
¿Desde cuándo se cobra?
El derecho nace el primer día del mes siguiente a la fecha de solicitud (artículo 14.1 de la Ley 19/2021 del Ingreso Mínimo Vital). Es decir: si presentas la solicitud el 20 de noviembre, el derecho cuenta desde el 1 de diciembre. Si esperas a enero, has perdido diciembre: con un bebé menor de 3 años, son 115 € que no se recuperan.
Obligaciones una vez concedido
- Hacer la declaración de la renta cada año. Es obligatoria para todos los beneficiarios, incluidos los que solo cobran el complemento por hijos, aunque por ingresos no estuvieras obligado a presentarla.
- Comunicar los cambios: mudanzas, nuevos miembros en el hogar, cambios importantes de ingresos.
- Se cobra mientras se mantengan los requisitos; no hay que volver a pedirlo cada año.
¿Es compatible con otras ayudas?
El CAPI es incompatible con la antigua asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33 %. Con el resto de ayudas habituales al nacimiento (la ayuda de 100 € al mes para madres trabajadoras, la ayuda de 1.000 € por nacimiento para familias monoparentales o numerosas, o las ayudas de tu comunidad y ayuntamiento) conviene revisar caso a caso, porque cada una tiene sus propias reglas.
¿Y la «ayuda de 200 € por hijo» de la que hablan las noticias?
La llamada prestación universal por crianza de 200 € al mes es, a fecha de este artículo, una propuesta: no hay ninguna norma publicada en el BOE ni forma oficial de pedirla. Hoy, la ayuda estatal mensual por hijos que sí existe y se puede solicitar es el CAPI.
Errores que hacen perder dinero
- Descartarlo sin simular, pensando que «como trabajamos, no nos toca».
- Esperar: el derecho no es retroactivo a la fecha de nacimiento, sino al mes siguiente a la solicitud.
- Empadronamiento desactualizado: si el bebé no figura en el padrón colectivo, la solicitud se frena.
- No presentar la renta al año siguiente, que puede hacerte perder la ayuda.
- Ignorar los requerimientos de la Seguridad Social o responderlos tarde.
Te lo tramitamos nosotros
En BabyOrca preparamos la documentación, presentamos la solicitud y hacemos el seguimiento hasta la resolución, incluidos los requerimientos. Solicita el CAPI con BabyOrca por 79,90 €. Si además puedes tener derecho al Ingreso Mínimo Vital, tenemos un servicio de IMV que incluye el complemento por hijos.
¿Acabas de tener un bebé? Revisa también cómo dar de alta a tu bebé en la Seguridad Social y nuestros packs de nacimiento, que reúnen todo el papeleo en una sola gestión.
Preguntas frecuentes sobre el CAPI
¿Puedo cobrar el CAPI si trabajo?
Sí. Tener un sueldo no lo impide: lo que cuenta es que los ingresos del hogar del año anterior estén por debajo del 300 % del umbral del IMV para tu tipo de familia.
¿Se puede pedir el CAPI sin certificado digital?
Sí, desde la web del IMV de la Seguridad Social, sin certificado ni Cl@ve.
¿Cuánto tarda en resolverse?
La Seguridad Social tiene hasta seis meses. El derecho cuenta desde el primer día del mes siguiente a la solicitud.
¿Hay que renovarlo cada año?
No. Se cobra mientras se mantengan los requisitos, pero es obligatorio presentar la declaración de la renta cada año.
¿Puedo pedirlo estando embarazada?
No. Hay que esperar a que nazca el bebé y esté inscrito y empadronado. Lo que sí puedes hacer es dejar preparada la documentación para presentarlo cuanto antes.
¿Lo cobran los dos progenitores?
No. El complemento se reconoce al hogar (unidad de convivencia) por cada menor que vive en él, no a cada progenitor por separado.
Fuentes: Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital (arts. 10, 11.6 y 14); guía del complemento de ayuda para la infancia de la Revista de la Seguridad Social. Esta información es orientativa y no sustituye la resolución de la Seguridad Social en cada caso.